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Exención de IVA para osteópatas de la Asociación OCOE

Exención de IVA para osteópatas de la Asociación OCOE

Compartimos contigo la última noticia de la asociación profesional OCOE – Organización Colegial de Osteópatas de España (OCOE).

EXENCION DE IVA PARA OSTEOPATAS SANITARIOS Y NO SANITARIOS CUALIFICADOS BAJO LA NORMATIVA EUROPEA E INSCRITOS EN LA ORGANIZACIÓN COLEGIAL DE OSTEOPATAS DE ESPAÑA OCOE

Así lo recoge la Resolución de la Dirección General de Tributos (DGT) del Ministerio de Hacienda y Función Publica en respuesta al Procedimiento de Consultas Tributarias iniciado por la Organización Colegial de Osteópatas de España OCOE en el mes de julio.


¡Buenas noticias! Nuestro trabajo y nuestro esfuerzo por defender los intereses de los profesionales osteópatas sanitarios (tipo II) y no sanitarios (tipo I) con formación bajo los parámetros de la Norma Europea, ha sido un éxito.

OCOE, ya dispone de la Resolución de la Dirección General de Tributos (DGT), con efectos vinculantes, con relación a la consulta tributaria realizada por la Organización Colegial de Osteópatas de España OCOE para la exención de IVA de los profesionales osteópatas inscritos en su registro.  

¿QUIEN PUEDE ESTAR EXENTO DE TRIBUTACION DE IVA COMO OSTEÓPATA?

Los profesionales osteópatas, sanitarios y no sanitarios, inscritos en OCOE como registro sectorial especifico de osteópatas que tengan formación de Tipo I y Tipo II, según la Norma Europea.

Por tanto, os podemos confirmar que los osteópatas que os hayáis formado en GRUPO THUBAN y seáis socios de OCOE podréis beneficiaros de dicha exención, en los siguientes casos:

  • Profesionales Tipo I: en el caso de la Escuela de Osteopatía de Grupo Thuban, los que tengan el título de osteopatía con 180 ó 240 créditos del Real Centro Universitario Escorial María Cristina o los que tengan el título de osteopatía con 240 ECTS de la Universidad Europea del Atlántico y además tengan un nivel de calificación de Máster o equivalente de no menos de 60 ECTS. 
Los que no tengan aún el nivel de máster, si justifican que lo están cursando y pertenecen a OCOE, también pueden beneficiarse de la exención.
  • Profesionales Tipo II (diplomados y/o graduados universitarios que dispongan de un título sanitario en Ciencias de la Salud): en el caso de la Escuela de Osteopatía de Grupo Thuban, los titulados oficiales sanitarios que tengan el título de osteopatía con 180 ó 240 créditos del Real Centro Universitario Escorial María Cristina o los que tengan el título de osteopatía con 240 ECTS de la Universidad Europea del Atlántico

¿ QUÉ PUEDO HACER SI NO CUMPLO ALGUNO DE ESTOS REQUISITOS?

Envía un correo a unea@grupothuban.com o llama al +34 627 236 276 y te informaremos sobre nuestros procesos de adaptación a la Norma Europea para osteópatas.


Desde Grupo Thuban seguiremos trabajando activamente en el proceso de regulación del sector colaborando activamente con las entidades sectoriales como: